Subo esta noticia de Patricia Marcos porque me parece relevante. El derecho al voto de las personas con discapacidad o diversidad funcional, como queráis. En ella se refleja como un derecho de cualquier ciudadano/a ha sido prohibido hasta hace muy poco tiempo. Espero que os resulte interesante.

La recuperación del voto de las personas con discapacidad: "Fue una victoria, pero las condiciones todavía no son las adecuadas"

PATRICIA MARCOS

NOTICIA26.05.2023 -

Plena Inclusión denuncia la falta de medidas de accesibilidad cognitiva y apoyos en los procesos electorales.

"Una cosa es que te reconozcan un derecho y otra que existan las condiciones para su ejercicio efectivo y real".

Así es el nuevo sistema de señalización en las elecciones del 28M para personas con discapacidad cognitiva.

Todas las personas con discapacidad mayores de 18 años acudirán a las urnas este 28M. Pero lo que parece una obviedad, no lo era hasta hace casi 5 años, cuando unas 100.000 personas incapacitadas judicialmente tenían privado su derecho al voto. Con la reforma, en 2018, de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG), pudieron ejercerlo en las pasadas elecciones generales de 2019, muchos por primera vez. No obstante, las entidades asociativas denuncian la falta de accesibilidad y medidas de apoyo para hacer realmente efectivo este derecho de sufragio.

 Hasta la aprobación de la reforma de la LOREG, el 8 de diciembre de 2018, la norma disponía que carecían de derecho al voto "los declarados incapaces en virtud de sentencia judicial firme, siempre que la misma declare expresamente la incapacidad para el ejercicio del derecho de sufragio" y "los internados en un hospital psiquiátrico con autorización judicial, durante el período que dure su internamiento, siempre que en la autorización el juez declare expresamente la incapacidad para el ejercicio del derecho de sufragio".

Una prueba no estandarizada ni adaptada

Las personas con discapacidad que eran incapacitadas por un juez eran sometidas a un proceso judicial para determinar si tenían, en teoría, la 'capacidad' de ejercer su derecho al sufragio. "Muchas veces, en los propios procesos de incapacitación o de modificación de la capacidad de obrar, se les hacía una serie de preguntas y, si se consideraba, se les privaba de este derecho al voto en la propia sentencia", explica Inés de Araoz, coordinadora del Área de Jurídica de Plena Inclusión.

 No existía ninguna prueba estandarizada que indicara si, a una persona que había sido incapacitada, se le debía privar de este derecho, por lo que dependía de cada juez. Algunos ejemplos de preguntas eran: ¿Qué tipo de política hace cada partido?, ¿favorecen más al obrero al empresario?, ¿cómo y por quién se compone el Congreso y el Senado?, ¿qué partidos políticos son partidarios de la monarquía o la república?, etc. "Eran preguntas que muchas veces no iban a poder contestar ni siquiera ciudadanos medios", señala Araoz.

 Además de su complejidad, cabe tener en cuenta que estas preguntas no se adaptaban a la comprensión de las personas con discapacidad intelectual: "A estas personas tienes que preguntarles de una forma sencilla y no tan general y abierta. Eso generaba una indefensión en la persona porque no sabía ni que la estaban preguntando y, aunque lo supiera, ni te lo iba a contestar". En cualquier caso, Araoz afirma que "realmente nuestra legislación no establece ningún requisito para votar" y, además, "salvo que a todo el mundo se le hiciera un examen, era discriminatorio que se les hiciera solo a estas personas". 

Es difícil dibujar un perfil de persona que era privada de su derecho de sufragio aunque, por lo general, se trataba de discapacidades intelectuales con "problemas de comprensión y comunicación", al considerarse que "no iban a entender y no tenían capacidad para tomar decisiones". Pero también encontramos a personas con dificultades para comunicarse, aunque no tengan problemas de comprensión, como es el caso de algunas parálisis cerebrales.

 Salvo que a todo el mundo le hicieran un examen, era discriminatorio que se le hiciera solo a las personas con discapacidad

Un largo proceso de reivindicación social

La reforma de la LOREG vino motivada por distintas razones. Una de ellas fue la aprobación, en 2006, de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Esta convención, que llegó tras años de trabajo de diversos actores, dice en su artículo 19 que los Estados Parte se comprometen a asegurar que "las personas con discapacidad puedan participar plena y efectivamente en la vida política y pública en igualdad de condiciones con las demás, directamente o a través de representantes libremente elegidos, incluidos el derecho y la posibilidad de las personas con discapacidad a votar y ser elegidas".

 Casi cien mil personas que habían sido privadas de su derecho al voto podrán ejercerlo en las próximas elecciones.

La adecuación a esta convención, que adoptó España en 2008, sumado a un largo proceso de reivindicación promovido por el movimiento social de la discapacidad, desde entidades como el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi) o Plena Inclusión, llevó a la aprobación de esta reforma, el 21 de noviembre de 2018, por unanimidad en el Pleno del Senado. En palabras de los senadores, suponía una "nueva conquista" en derechos para las personas con discapacidad que no podía "quedarse aquí" ya que aún "quedaba un largo camino por recorrer para alcanzar la plena inclusión social de este colectivo".

"Durante muchos años hubo multiplicidad de actuaciones hasta que se consiguió que se planteara la reforma de la ley. Se hizo también mucha sensibilización con personas con discapacidad intelectual que daban su testimonio", explica Araoz. Desde Plena Inclusión, además, impulsaron la web ‘Mi Voto Cuenta’, desde donde, entre otras acciones, "reivindicamos el derecho al voto, facilitamos los procedimientos electorales o aportamos testimonios". 

La reforma de la ley

Desde ese momento, se suprimían los apartados b y c del artículo 3 de la LOREG, por los que se establecía que las personas declaradas "incapaces" por sentencia judicial carecían de derecho de sufragio. De esta forma, la norma ahora dice que "toda persona podrá ejercer su derecho de sufragio activo, consciente, libre y voluntariamente, cualquiera que sea su forma de comunicarlo y con los medios de apoyo que requiera" y solo estarán privados de este derecho "las personas condenadas por sentencia firme a la pena principal o accesoria de privación del derecho al sufragio".

 La LOREG dice ahora que "toda persona podrá ejercer su derecho de sufragio activo, consciente, libre y voluntariamente"

Por tanto, desde 2018, todas las personas con discapacidad pueden votar sin excepción. No obstante, desde Plena Inclusión aseguran estar en contra de la enmienda transaccional por la que se introduce el texto "de forma libre consciente y voluntaria". "Fomenta una discriminación indirecta por los estereotipos y prejuicios que existen sobre que las personas con discapacidad no pueden tomar decisiones de forma consciente y voluntaria". De esta forma, explica Araoz, "cuando se considere que una persona no está ejerciendo el voto de forma libre, consciente y voluntaria se apuntará su DNI, pero no dicen para qué ni quién hace este juicio de capacidad". Aunque desde la entidad no tienen constancia de si se ha privado del derecho al voto a alguna persona en las anteriores elecciones por este motivo, aseguran que este año se van a recoger datos.

Por otro lado, la aprobación de la Ley 8/2021, que eliminó la incapacitación judicial, no influyó en el derecho al voto, recuperado ya hacía tres años, pero confirmó y reforzó la reforma de la LOREG al determinar que "cualquier resolución judicial que tenga relación con el ejercicio de la capacidad jurídica no podrá privar de derechos personales", incluido el derecho al voto, "un derecho personalísimo, que nadie puede ejercerlo en tu sustitución", explica Araoz.

 Un importante avance, con obstáculos todavía

La reforma de la LOREG supuso un avance muy importante para la plena inclusión social de las personas con discapacidad, destaca Araoz: "Eran ciudadanos de segunda porque un derecho que te genera ciudadanía, como es participar política y socialmente, se les denegaba. Esta reforma les equipara al resto de ciudadanos y les da la posibilidad de participar en las decisiones políticas e incluso en partidos políticos como personas elegibles". Tal y como aseguran desde Plena Inclusión, "para las personas con discapacidad es un derecho muy importante poder votar. Muchas, muy interesadas en la vida política, eran muy conscientes de que no tenían ese derecho y cuestionaban el por qué no podían votar".

 No obstante, y aunque ya hace cinco años de la reforma de la LOREG, todavía hay miles de personas con discapacidad que no pueden votar en igualdad de condicionales que el resto de ciudadanos. Las razones son distintas, apuntan desde Plena Inclusión, pero en la mayoría de los casos tienen que ver con la falta de medidas de accesibilidad cognitiva. "Una cosa es que te reconozcan un derecho y otra que existan las condiciones para el ejercicio efectivo y real de ese derecho", explica la coordinadora del Área de Jurídica de la entidad.

Una cosa es que te reconozcan un derecho y otra que existan las condiciones para el ejercicio efectivo y real de ese derecho Según señala, aunque se están haciendo avances en accesibilidad cognitiva, se debería mejorar en aspectos como que "la información que te llegue del censo electoral sea accesible y comprensible". También, apunta, es necesario "tener acceso a la información electoral de los partidos en diversos formatos como lectura fácil; los mítines o debates electorales deberían tener también una parte accesible; las papeletas electorales tendrían que ser accesibles a las personas con dificultades de comprensión...", ejemplifica.

 Dar los apoyos necesarios

Con el objetivo de que la decisión del voto sea personal e intransferible, la persona con discapacidad debe contar con los apoyos necesarios. "Lo ideal es poderlo hacer autónomamente porque las condiciones así te lo permitan, para evitar un riesgo en esa independencia en la votación", señala Araoz, salvo "en determinadas excepciones en las que, por la discapacidad, requieran del apoyo de una tercera persona".

 No obstante, subraya Araoz, esto no choca con el carácter personal e intransferible de este derecho "porque la labor de la persona que presta el apoyo es facilitar la información de tal forma que la persona con discapacidad la pueda comprender". Es decir, "tiene que velar porque la persona a la que apoya desarrolle su propio proceso de toma de decisiones, sin influir en ella, generando las condiciones concretas para que así sea", añade.

 Hace 10 años, Plena Inclusión lanzó la campaña ‘Mi Voto Cuenta’ con la que busca ahora extender el derecho a la accesibilidad cognitiva y la participación de las personas con discapacidad en las elecciones. En los días previos a los comicios del 28M, han desplegado numerosas iniciativas para concienciar a la clase política y a la sociedad de que este derecho no debe tener barreras, que van desde encuentros con candidatos, adaptación a lectura fácil de programas electorales o celebración de talleres con personas con discapacidad intelectual para formarles sobre su derecho al voto. Además, recuerdan, el 28M será también la primera cita electoral en la que el Ministerio del Interior experimenta -solo en la Comunidad de Madrid- con un sistema de señales fáciles de entender mediante pictogramas.

 "La reforma fue una victoria, pero las condiciones todavía no son las adecuadas y hay que seguir trabajando y reivindicando", afirma Araoz.

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